La comisión de Trabajo de la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a la comisión de Hacienda el proyecto de ley corta de pensiones ingresado por el Gobierno, que busca extender la cobertura del Pilar Solidario y aumentar los montos del Aporte Previsional Solidario (APS) y de la Pensión Básica Solidaria (PBS).

El texto quedó en condiciones de avanzar en su tramitación a pesar de la negativa del Gobierno debido a las modificaciones a la propuesta original, y se espera que el próximo lunes 4 de octubre comience su análisis en la comisión de Hacienda.

Uno de los temas de mayor discusión fue la planteada por los parlamentarios Gael Yeomans (CS) y Amaro Labra (PC) que apunta a que las rentas provenientes de las ganancias de capital sean gravadas por el régimen general, y no con la tasa especial del 5% como proponía el texto original del Gobierno.

La propuesta fue interpelada por el ministro del Trabajo y Previsión social, Patricio Melero, quien advirtió que  el contribuyente podría estar afecto a una tasa de hasta el 40%, lo que a juicio de la coordinadora de Políticas Tributarias del Ministerio de Hacienda, Javiera Suazo, estaría «fuera de la tendencia internacional de gravar las ganancias de capital con tasa especial», y podría tener implicancias en la inversión extranjera.

Además, pese a los cuestionamientos del Ejecutivo y de algunos parlamentarios del oficialismo, durante la sesión se rebajó a 60 años la edad de acceso para las mujeres al beneficio de la pensión básica solidaria de vejez. Mientras que la cobertura de Pilar Solidario se acordó aumentarla a 85% a pesar de que la propuesta era subirla de 60% a 80% para la población vulnerable.

La comisión acordó mantener  el adelanto al pago del último grupo de beneficiarios que quedaron en la ley de ampliación del Pilar Solidario el 2019. De este modo, recibirán la nueva pensión básica solidaria una vez publicada la norma.

Tampoco se modificó lo referente al Fondo de Cesantía Solidario. Este aportará a la cuenta de cotización obligatoria para pensiones de los beneficiarios del seguro, el monto de cotización regulada. Ella será equivalente a la prestación por cesantía que les corresponda más la cotización para el financiamiento del seguro de invalidez y sobrevivencia.

Se aprobó que la comisión a la que tiene derecho la administradora se calcule sobre la base de la cotización mensual del 10% de la remuneración y rentas imponibles. Los afiliados con más de 50 años podrán optar por cualquiera de los fondos de pensiones. En tanto, se derogó que los mayores de 50 años que estén en el fondo A sean traspasados a los fondos restantes.

Las administradoras solo podrán realizar o contratar publicidad relacionada exclusivamente a la prestación de servicios objeto de su giro. En ningún caso podrán contratar publicidad o actividades de lobby o gestión de intereses destinadas a influir en las decisiones administrativas o legislativas sobre su actividad o su regulación.

Se establece que el encaje responderá en los casos en que la administradora mantenga, en promedio en los últimos seis meses, una rentabilidad negativa, respecto de los fondos de pensiones. Lo anterior, de acuerdo a lo explicado en la instancia, busca que las administradoras respondan como corresponde por las pérdidas respecto de las comisiones por ellas cobradas.

Se determinó que la Superintendencia establecerá anualmente, a través de una resolución debidamente fundada, valores de mercado y comisiones máximas a ser pagadas a las entidades extranjeras a la que la AFP encargue la administración de todo o parte de los recursos de los Fondos de Pensiones. Las tablas de mortalidad que se fijen no podrán considerar una edad superior a los 85 años.

La Moneda alegó inconstitucionalidad en razón de varias de estas modificaciones, generándose fuertes discusiones en la instancia, particularmente entre su presidente, Gabriel Silber (DC), y el ministro del Trabajo, Patricio Melero, algo que fue frecuente durante esta primera fase del proyecto.