La Sala del Senado aprobó la ampliación de lugares donde se establece «la figura del incendio con resultado de muerte», estableciendo sanciones con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, es decir, desde 15 años y un día a 40 años, modificación que pertenece al proyecto que modifica el Código Penal para fortalecer las sanciones por el delito de incendio, también conocido como la «Ley Juan Barrios».

Además se estableció que cuando se ejecuten los incendios con personas en su interior pero sin resultado de muerte, «se aplicará la sanción den presidio mayor en su grado mínimo, es decir, desde 5 años y un día a 10 años», otro de los puntos planteados en el informe que la comisión Mixta, que fue aprobado por la Sala con 21 votos a favor y 15 en contra. El informe pasará a un nuevo trámite legislativo y será discutido en la Cámara de Diputados.

La nueva normativa apunta a modificar el texto para establecer sanciones si ocurren en «un edificio, aeronave, buque, plataforma naval, automóviles de dos o más plazas, camiones, instalaciones de servicios sanitarios, de almacenamiento o transporte de combustibles, de distribución o generación de energía eléctrica, portuaria, aeronáutica o ferroviaria, incluyendo las de trenes subterráneos, u otro lugar, medio de transporte, instalación o bien semejante».

En cuanto a la propuesta que buscaba sancionar a quienes «con violencia o intimidación retuvieran o tomaran el control de automóviles o de camiones en la vía pública, impidiendo la libre circulación», fue rechazada por la sala con 17 votos a favor y 20 en contra.