La Corte Suprema ordenó al 34° Juzgado del Crimen de Santiago tramitar la carta rogatoria para dar curso al exhorto internacional remitido por la Audiencia Nacional de Madrid, España, además de practicar las notificaciones solicitadas por la justicia española al querellado Pablo Granifo Lavín y a los responsables civiles subsidiarios, Banco de Chile, Banchile Corredores de Bolsa y Banchile Administradora General de Fondos, por la reapertura de la investigación por el delito de blanqueamiento de capitales y alzamiento de bienes en su contra.

La decisión fue tomada por el máximo tribunal en base a que el pedido de la justicia española no incluye “algún pronunciamiento de fondo que pudiera afectar la competencia de los Tribunales Chilenos, y de esa manera la soberanía nacional o, en su caso, el orden público”.

El fallo detalla que “no encuentra sustento” el argumento presentado por las defensas de los querellados, por el contrario considera que “la carta rogatoria cumple con los requisitos establecidos en el artículo 76 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 43 del Código de Procedimiento Penal; así como con las normas del Tratado de Extradición y de Asistencia Judicial en Materia Penal, suscrito entre el Reino de España y la República de Chile”.

La justicia española reabrió el caso que se encontraba paralizado desde el 2010, a instancias de la fundación española Presidente Allende, que representa a víctimas de la dictadura que encabezó Pinochet en Chile.