En fallo unánime, la Corte Suprema anuló la sentencia dictada por el Consejo de Guerra en Valparaíso, el 24 de octubre de 1973 y acogió recurso de revisión estableciendo la completa inocencia de dos condenados por supuestamente organizar de milicias privadas, tras establecer que solo se basó en confesiones obtenidas bajo tortura.

Según la resolución se  alude a documentos en que “se consigna la existencia de un grupo de combate denominado Núcleo ‘Luiz Meza Bell’’, a la declaración de Juan Fernando Silva Riveros que afirma ‘la existencia de escuadras de combate, que recibían instrucción y entrenamiento militar’ y a los dichos de Waldo Heriberto Sandoval Ramírez y Fernando Lara Faure, cuyo tenor no se revela en el fallo.

 “Lo expuesto evidencia que este conjunto de elementos referidos en el motivo primero en nada contribuyen para establecer la responsabilidad o participación o vínculo de los recurrentes en ese supuesto grupo de combate, en caso de ser real este último En ese orden, abstrayéndose de los antecedentes reseñados en el considerando primero y prescindiendo de las confesiones de los actores, cuyo contenido, por lo demás igualmente se ignora pues no se transcribe o extracta en el fallo, no quedan elementos probatorios que permitieran al Consejo de Guerra alcanzar la convicción condenatoria en la sentencia objeto de revisión y, por consiguiente, las circunstancias que se han descubierto, con posterioridad, son de tal naturaleza que permiten establecer claramente la inocencia de quien por ella ha sido sentenciado”, estableció la Corte Suprema.