El Diario Oficial publicó la Ley N° 21.367, que deroga el numeral cuarto del el Artículo 54 de la Ley de Matrimonio Civil que establecía la «conducta homosexual» como causal admitida para que uno de los cónyuges solicitara el divorcio «por falta imputable al otro», al estimarse «una violación grave de los deberes y obligaciones que (…) impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que torne intolerable la vida en común».

Para su tramitación en el Congreso, la iniciativa fue presentada por las senadoras Isabel Allende (PS), Adriana Muñoz (PPD), Yasna Provoste (DC), Ximena Rincón (DC) y Marcela Sabat (RN), y contó con el patrocinio del Gobierno del Presidente Sebastián Piñera.

El ministro de Justicia, Hernán Larraín, expresó que “esta ley cumple con el principio de no discriminación, que establece que todas las personas tienen el derecho a ser tratados en forma igualitaria. En el siglo que vivimos, definitivamente tenemos que acabar con cualquier tipo de discriminación arbitraria, como es la homosexualidad como causal de divorcio. Esta nueva legislación, sin lugar a dudas, es avanzar en el sentido correcto para construir un país más inclusivo”, consigna Cooperativa.

Por su parte, la subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Recabarren, agregó que: «Como Ejecutivo estamos muy conformes con la promulgación de esta ley, que constituye un avance en la adecuación normativa de la legislación nacional, acorde a los estándares internacionales de Derechos Humanos, en cuanto a la promoción de la igualdad y la no discriminación».