“Se dejan sin efecto las consecuencias de haberse presentado acusación en su contra, específicamente la suspensión de sus derechos políticos, conforme Artículo 16 de la Constitución Política de la República”, reza la resolución que dictó el magistrado Cristián Villegas donde se oficia al Servel a terminar con la inhabilitación que le impedía al senador Manuel José Ossandón ejercer su derecho al voto.

La decisión fue tomada luego de que el Juzgado de Garantía de Puente Alto notificara al organismo que el parlamentario había, supuestamente, perdido sus derechos políticos al haber sido acusado por la fiscalía por el delito de tráfico de influencias que tiene pena de crimen, impidiéndole ejercer el derecho al voto en las elecciones de 18 de julio.

De esta forma la defensa de Ossandón presentó un recurso para emendar lo que ellos consideraron un error judicial, argumentando que el congresista es aún un ciudadano con derecho a sufragio.

El magistrado Cristián Villegas aceptó los argumentos del penalista Samuel Donoso, defensor del parlamentario, quien planteó que el Ministerio Público nunca debió presentar acusación en contra del congresista, ya que antes debió despojarlo de su fuero.