Al considerar que la acción no presentó de manera explícita los errores de derecho que habría vulnerado la sentencia previa de la la Corte de Apelaciones de La Serena, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido presentada en contra de la Corporación Municipal Gabriel González Videla de La Serena, por el no pago de bono a profesora que se acogió a retiro voluntario.

En fallo unánime el pleno consideró que “la contienda sobre una acción de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a explicar los contenidos jurídicos de los institutos que se hicieron valer en el juicio. Sin embargo, el recurrente omite extender la infracción legal a los artículos 2314, 2320 y 2322 del Código Civil; preceptos que tienen carácter decisorio litis pues son aquellos que sirven de sustento jurídico a las pretensiones formuladas en la demanda, que fue rechazada por los jueces del mérito en la sentencia definitiva”.

 “Al no formular tal denuncia se genera un vacío que la Corte no puede subsanar dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado”, añade.