El pasado martes la resolución de la jueza del Juzgado de Familia de Paillaco, Lucía Massri, presentó un precedente, luego de que le impusiera a la AFP Capital una pensión solidaria de $847.592 por no haber impedido o frustrado el tercer retiro del 10% de uno de sus afiliados que mantiene deudas por concepto de pensión de alimentos.
Para asegurar el cumplimiento de la resolución, la jueza ordenó a AFP Capital SA bajo apercibimiento de multa y arresto a su representante, pagar lo adeudado con fondos propios en un plazo de 10 días.
Es que la retención de los fondos de pensiones se ha convertido en un problema considerando que según datos del Poder Judicial son 581 resoluciones de retención de tribunales del país que no se han cumplido por parte de las AFP, entregándose el pago a afiliados deudores, 16 de los casos corresponden a Cuprum, cinco a Habitat, 462 a Modelo y 42 a PlanVital, según consigna Emol.
Al respecto, la vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich advirtió a las AFP sobre la obligatoriedad de cumplir todas las todas las resoluciones judiciales, “la normativa nacional establece cómo debe hacerse, debiendo los tribunales adoptar las decisiones conducentes para ello», resaltó.
En entrevista con Emol, Chevesich explicó que en estos casos se puede aplicar el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, el que establece «la posibilidad de imponer multas, que no excedan de una UTM, o el arresto de hasta dos meses, determinados prudencialmente por el tribunal, sin perjuicio de repetir el arresto.
«Vamos a tomar cartas los tribunales”
La jueza Mónica Jeldres, del Segundo Juzgado de Familia de Santiago, aseguró que el Poder Judicial se ha ido anticipando y ya entregó a los tribunales de todo el país los listados con las 500 causas que no han sido ejecutadas para su revisión. «Vamos a tomar cartas los tribunales en relación a estas causas y vamos a ordenar y hacer responsable a las AFP en los casos que corresponda», anunció.
«La situación de estos 500 casos es que habiéndose decretado por el tribunal de familia una medida cautelar notificada a la AFP, la AFP igualmente paga al deudor. Entonces, esta sentencia de la jueza de Paillaco marca un precedente y hace efectivo el derecho de alimentos al hacer solidariamente responsable a la AFP», sostuvo la magistrada en Meganoticias Conecta.
Jeldres señaló que, ya que cuentan con la información de las causas actualizadas y a nivel nacional, el proceso no debería tomar mucho tiempo.