El abogado Luis Cordero, en representación de la presidenta del Tribunal Constitucional, María Luis Brahm, solicitó al pleno del organismo que se fije una audiencia extraordinaria con el objetivo de suspender los dos sumarios abiertos en su contra.
Como se recordará, los sumarios están relacionados, el primero con la determinación que dictó el ministro Iván Aróstica, por su eventual responsabilidad por un caso de presunto maltrato laboral. Mientras que el segundo está relacionado a una denuncia de la secretaria del TC, María Angélica Barriga por supuestos actos de maltrato y acoso laboral.
El 8 de abril, en tanto, la presidenta del TC fue notificada de un tercer sumario en su contra, tras una denuncia del administrador del Tribunal Constitucional por un presunto allanamiento ilegal en dependencias de la entidad emplazada en Huérfanos 1234 realizado por funcionarios de la Policía de Investigaciones el 15 de febrero de 2020.
Frente a ello, Cordero, junto a Josefina Court Spikin y José Tomás Correa Concha presentaron en representación de Brahm dos escritos en los que solicitan ordenar la suspensión de los nuevos procedimientos sancionatorios “mientras el Pleno se pronuncia respecto de la solicitud efectuada por esta parte el 21 de marzo de 2021”, consigna La Tercera.
Respecto al sumario 2, del 29 de marzo, la defensa de la presidenta del TC sostiene que apunta a antecedentes que habían sido ya considerados por la resolución de 12 de marzo de 2021, del ministro Aróstica, que instruye el primer sumario en contra de Brahm.
Sobre el tercer sumario, de abril, los abogados señalan que dado que las reglas aplicables a este nuevo procedimiento serán las mismas del sumario original, se requiere que el organismo se pronuncie sobre el escrito que presentaron el 21 de marzo solicitando al TC determinar el alcance y ámbito de la aplicación del reglamento disciplinario a fin de dilucidar si el empleo de dicho instrumento se encuentra, o no, conforme a derecho. En el aludido escrito la defensa de Brahm cuestiona el reglamento que regula sumarios por acoso, asegurando que no son aplicables a ministros del organismo.