La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia que no acogió demanda por despido injustificado de trabajador de la Sociedad de Recaudación y Pago de Servicios Limitada –Servipag–.

En fallo unánime (causa rol 843-2020), la Décima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dobra Lusic, Alejandro Madrid y la fiscal judicial Clara Carrasco– descartó infracción al debido proceso en la sentencia atacada, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó la demanda.

«Que, la institución del debido proceso la constituyen un conjunto de garantías que la Carta Fundamental, los Tratados Internacionales ratificados por Chile y en vigencia, y las leyes le entregan a las partes de la relación procesal, por medio de las cuales se pretende que todos puedan hacer valer sus pretensiones en los tribunales, que sean escuchados, que se respeten los procedimientos fijados por la ley y que las sentencias sean debidamente fundadas», plantea el fallo.

La resolución agrega: «Que, conforme a lo indicado y al mérito de los antecedentes que obran en autos, esta Corte no divisa de qué manera se trasgredió la garantía constitucional que reclama el recurrente, ya que fue emplazado, no demostró que la ruta que lo llevaba al tribunal fuera la única que podía seguir y ello quedó consignado en la resolución que rechazó el incidente de nulidad, por lo que no puede pretender que por esta vía de impugnación, se pretenda revivir una discusión que ya fue resuelta en la audiencia pertinente, por lo que el arbitrio en análisis será desestimado».

«Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 482 del Código del Trabajo, se rechaza el recurso de nulidad deducido por la parte demandante en contra de la sentencia de veintiocho de febrero de dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago», concluye.