La Corte de Apelaciones de Temuco implementó el funcionamiento adicional de la Tercera Sala Extraordinaria, para una correcta administración de justicia en consideración al principio de eficiencia, en concordancia con los demás planes llevados a cabo por el tribunal de alzada, medida que rige hasta el 17 de septiembre de 2020.
El tribunal de alzada, presidido por el ministro Carlos Gutiérrez Zavala y con asistencia de los ministros Julio César Grandón Castro, Alejandro Vera Quilodrán, las ministras Cecilia Aravena López, María Georgina Gutiérrez Aravena y (s) Mirna Espejo Guíñez, a través del acuerdo de Pleno N°162, tomó la decisión, que entrará en funcionamiento por primera vez el jueves 30 de julio próximo, desde las 15:00 horas, para la vista exclusiva de causas laborales. En lo sucesivo, esta sala sesionará una vez por semana, a publicarse en las respectivas integración y tabla.
«Teniendo presente el buen funcionamiento de este Tribunal de Alzada, entendiéndose por tal ajustar sus procesos internos de trabajo para una correcta administración de justicia en consideración al principio de eficiencia, en concordancia con los demás planes llevados a cabo por esta Corte, en busca de reducir el número de causas en stock en las diversas materias en tramitación, optimizando con ello el uso de los recursos financieros, tecnológicos, materiales y de capital humano disponibles, y en ejercicio de las facultades económicas otorgadas por el artículo 3° del Código Orgánico de Tribunales, han adoptado el siguiente acuerdo extraordinario:
a) Se implementa el funcionamiento de la Tercera Sala Extraordinaria, de forma adicional, también a partir de las 15:00 horas, desde el veintisiete de julio hasta el diecisiete de septiembre del presente año, ambas fechas inclusive.
b) Funcionará los días que se señale en la integración y en la tabla semanal, así como también con los Miembros que se contengan en la misma, en virtud de la disponibilidad con la que se cuente al efecto, lo que será abordado en la planificación de cada día viernes.
c) Conocerá causas de la naturaleza y en la cantidad que se plasme en la confección de la tabla semanal de la misma.
d) En consideración a que los relatores titulares, interinos y suplentes de esta Corte se encuentran abocados a sus funciones propias, que no le permiten asumir de forma eficiente y eficaz las labores en esta modalidad adicional, es necesario nombrar relatores ad hoc para este fin y los que en razón del buen servicio se requieran, una vez en funciones.
En este sentido, teniendo presente la carga de trabajo que los distintos tribunales de primera instancia presentan, con la finalidad de optimizar el funcionamiento en favor de un buen servicio y una correcta administración de justicia, como se ha dicho, unido a la voluntad e interés manifestado al respecto, se nombra en calidad de relatores ad hoc al Juez Titular del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco Sr. Roberto Herrera Olivos y a la Secretaria Titular del Primer Juzgado Civil de Temuco Srta. Natalia Ferrada Retamal, por el mismo periodo expuesto en la letra a.
Póngase en conocimiento del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, del Primer Juzgado Civil de Temuco, del sr. Juez y srta. Secretaria designados, de la srta. Administradora de esta Corte de Apelaciones y de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, para los fines administrativos pertinentes» indica el documento.