La Corte de Apelaciones de Temuco acogió a trámite el recurso de protección interpuesto por el Centro de Padres y Apoderados del Colegio Inglés George Chaytor Carson y ordenó a la Sociedad Educacional Educar S.A., propietaria del establecimiento, abstenerse de realizar cobros de mensualidades pactadas.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Carlos Gutiérrez Zavala, Aner Padilla Buzada y Mirna Espejo Guíñez– dio lugar, además, a la solicitud de dictar orden de no innovar.

La resolución establece que «se declara admisible el recurso de protección, en consecuencia se ordena informe la recurrida dentro del plazo de ocho días, adjuntando todos los antecedentes que sobre la materia digan relación», consigna Cooperativa.

El recurso fue presentado por los apoderados argumentando que se estaban cobrando servicios que el establecimiento no estaba dando, considerando la situación de pandemia que vive el país.