El Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda de indemnización presentada en contra de la isapre Nueva Masvida S.A. por afiliación indebida de la demandante, quien estuvo sin cobertura de salud entre julio de 2015 y marzo de 2016.

En la sentencia (causa rol 27.892-2017), el juez Jorge Mena Soto acogió la demanda y ordenó a la isapre pagar a la demandante la suma única y total de $5.000.000 (cinco millones de pesos) por negligencia inexcusable.

«Que los dos primeros elementos de la responsabilidad extracontractual, esto es, una acción dolosa o culposa del agente, se encuentran acreditados con el expediente administrativo llevado ante la Superintendencia de salud en el cual la demandada se allanó a la solicitud indicando que efectivamente doña Janina Oyarzún no estaba afiliada a la Isapre y que el contrato de afiliación había sido suscrito por una persona distinta. Claramente al encontrarse afiliada la demandante a la demandada, por un contrato en que su firma le fue falsificada, existe una negligencia inexcusable de ésta en la revisión de los antecedentes. Además, mantuvo a la actora por 9 meses sin cobertura de salud», sostiene el fallo.

La resolución agrega que: «en el caso de autos, claramente la situación de padecer una enfermedad de la gravedad del cáncer de mamas y encontrarse sin cobertura de salud por nueve meses, ocasiona una situación de angustia que altera el normal desarrollo de la vida cotidiana de la demandante, quien debió recurrir a la esfera jurisdiccional administrativa para reparar la negligencia de la demandada y poder tener nuevamente cobertura de salud, razón por la cual, se accederá a lo pedido, fijando la suma indemnizatoria en $5.000.000 (cinco millones de pesos)».