La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, que condenó al recurrente a la pena de 5 años y un día de presidio, como autor del delito de robo con intimidación. Ilícito perpetrado en mayo del año pasado, en la localidad de Rosario.
En fallo unánime (causa rol 40.948-2019), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y el abogado (i) Diego Munita– rechazó el recurso de nulidad deducido por la defensa, tras descartar infracción de ley en el control de identidad que practicó la policía al condenado.
«Que el fallo impugnado se hace cargo, en primer lugar del reproche en cuanto a la valoración de la prueba, la cual fue hecha suya por la defensa. Luego, los sentenciadores establecen que el control de identidad al cual fue sometido -entre otros- el acusado, se condice con los datos aportados por el testigo respecto de los autores del ilícito, uno de los cuales portaba parte de las especies sustraídas, refiriendo expresamente que ‘…los carabineros, actúan en base a antecedentes, informaciones, características o indicios para llegar a la individualización de una determinada persona. Al haber encontrado a dos personas, un hombre y una mujer, caminando pasadas las 3:00 horas en las inmediaciones del lugar afectado, con vestimentas y características físicas similares a las otorgadas por los denunciantes (el bombero precisó que se cambiaron los polerones), para que frente a la revisión superficial le encontraran a la mujer las especies ya descritas, razonablemente arribaron a la convicción que eran los sujetos buscados…‘», reproduce el fallo.