La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que rebajó la multa aplicada a empresa Comercializadora de Alimentos Xpress Negocios SpA. a 10 IMM (ingresos mínimos mensuales) por incumplimientos laborales.
En fallo unánime (causa rol 2.725-2019), la Décima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Hernán Crisosto, Juan Antonio Poblete y el abogado (i) Jorge Benítez– descartó error en la sentencia que rebajó el monto de la sanción aplicada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente a la elaboradora de alimentos.
«Que en consecuencia, la sentencia discurre sobre otras cuestiones que van más allá de una simple consideración sobre el término ‘no mantener’, pues se funda también en actos propios de la reclamada, que dejan en evidencia que si puede ser una infracción fundada en una extrema literalidad de la normas, pues si aparece plausible lo expuesto en el reclamo en el sentido de que el libro de asistencia no se encontraba materialmente al momento de la fiscalización por cuanto existe la práctica de hacer reuniones semanales de los encargados de locales en que se llevan los documentos para la sumatoria de horas extras», sostiene el fallo.
La resolución agrega que: «en consecuencia no se evidencia que exista en la sentencia una errada calificación jurídica de tal magnitud que influya sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia, presentándose una situación que excede la mera recalificación jurídica sino una cuestión de interpretación de ley que excede la presente causal, por lo que en definitiva esta será rechazada».
Por tanto, concluye: «Que se rechaza el recurso de nulidad deducido por la reclamada en contra de la sentencia de fecha seis de septiembre de dos mil diecinueve, dictada en los autos Rit I-137-2019 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago».