La Corte Suprema acogió recurso de revisión y anuló sentencia condenatoria por tráfico de drogas, tras comprobar que efectivos falsificaron parte policial y pruebas en la imputación del delito.

En fallo unánime (causa rol 8.211-2019), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Rodrigo Biel y el abogado (i) Antonio Barra– decretó la absolución del acusado, quien fue condenado con pruebas inexistentes.

«Que ha quedado fehacientemente acreditado en la resolución anulatoria que precede, que los funcionarios policiales que llevaron a cabo el procedimiento de detención del sentenciado, fueron condenados en atención a la falsedad de los hechos por ellos relatados en el parte policial y en las distintas declaraciones prestadas a fin de inculpar al sentenciado por hechos inexistentes que fueron calificados como constitutivos del delito de tráfico ilícito de drogas», sostiene el fallo.

La resolución agrega que: «de conformidad con lo dispuesto en el artículo 340 del Código Procesal Penal, ‘nadie puede ser condenado por delito sino cuando el tribunal que lo juzgare adquiriere, más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación y que en él hubiere correspondido al acusado una participación culpable y penada por la ley'».

«Que ajustándose a lo reseñado, este tribunal ha llegado a la convicción, más allá de toda duda razonable, que no le ha cabido a Patricio Manzano Ríos, participación culpable en el delito tráfico ilícito de drogas, por el cual fue acusado, de manera que se obrará en consecuencia», añade.

Por tanto, concluye que: «SE ABSUELVE a Patricio Manzano Ríos, de la acusación librada en su contra en calidad de autor del delito de Tráfico ilícito de drogas, hecho que se señaló perpetrado en la comuna de Puente Alto el 9 de mayo de 2015″.