Un protocolo para resguardar el interés superior de niños, niñas y adolescentes (NNA) suscribió la Corte de Apelaciones de La Serena, junto a la Seremi de Justicia y Derechos Humanos, Sename y el Registro Civil e Identificación de la región de Coquimbo.

Se trata de un acuerdo que coordina acciones entre los organismos para identificar la red familiar de NNA en sistemas residenciales o de cuidados alternativos, favoreciendo la desinternación oportuna y restituyendo el derecho de vivir en familia.

En ese sentido, según explicó el ministro encargado de asuntos Familia de la Corte de Apelaciones, Juan Carlos Espinosa, existirán plazos acotados para que cada institución de respuesta a los requerimientos del tribunal en el que se encuentra radicada la causa que dio pie al ingreso del NNA al sistema de residencia.

«Nuestro objetivo es que los niños, niñas y adolescentes puedan volver a tener una vida familiar. Y para ello el protocolo permitirá agilizar los procedimientos, de modo que los informes que se requieren para que el tribunal tome la decisión se realicen en el menor tiempo posible», manifestó.

En la oportunidad, directora regional de Sename, Verónica Zárate, destacó además que el protocolo, único a nivel nacional,  es fruto del trabajo de los acuerdos logrados en la mesa Interinstitucional que encabeza la Corte, organizada por el Centro de Observación y Control de Cumplimiento de Medidas de Protección.

«Es un producto, que surge de esta mesa que convoca el Poder Judicial, y en este proceso se han ido visibilizando nudos críticos y dificultades del sistema. Hoy podemos decir que contamos con un protocolo que establece plazos y responsables que va a permitir que ese niño prontamente pueda restituir su derecho a vivir en familia», indicó.

El protocolo, que comenzará a operar el 1 de septiembre, establece que en el momento que el juzgado de Familia decrete el ingreso del NNA al sistema residencial, se oficie al Registro Civil para que entregue, en un plazo máximo de 15 días, un informe de redes familiares.

Con esa información, las residencias deberán realizar gestiones de contacto con la familia extensa, que viva fuera o dentro de la provincia, y evacuar al tribunal el diagnóstico, todo en un máximo de 30 días, de tal manera que el juzgado pueda determinar si existe familiar competente y decretar la desinternación del niño, niña o adolescente.