Corte Suprema rechazó un recurso de reclamación y mantuvo multa de 360 Unidades Tributarias Mensuales aplicada por la Superintendencia de Salud a la Clínica Alemana de Temuco por exigir la suscripción de un pagaré para un servicio de urgencia.
En fallo unánime (rol 26.676-2018) la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Arturo Prado, Ángela Vivanco y el abogado integrante Rafael Gómez- confirmó la sanción de la autoridad en contra del centro asistencial.
«Que, como surge de lo expuesto, el reclamo de ilegalidad en análisis constituye un mecanismo de revisión de la actividad administrativa sancionadora sectorial de salud, que tiene como principal característica ser de derecho estricto, es decir, su finalidad se restringe a la revisión de la juridicidad, tanto adjetiva como sustantiva, del actuar de la Superintendencia del ramo, sin que sea posible en este caso variar los presupuestos fácticos que fueron determinados en sede administrativa», dice el fallo.
Agrega que: «dicho lo anterior, no puede sino concordarse con los argumentos expuestos por el apelante, por cuanto, atendidas las características anotadas en el motivo precedente, el presupuesto indispensable para la modificación de la decisión administrativa en sede judicial consiste en la constatación de contrariedad a derecho en el obrar de la Administración, exigencia que, en la especie, no fue satisfecha, por lo que la rebaja prudencial de la multa resultaba improcedente»