La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en 5 UTM (unidades tributarias mensuales) la multa que deberá cancelar la Municipalidad de Lo Prado por discriminación de la ciudadana haitiana Joane Florvil.

En fallo dividido (causa rol 953-2019), la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Rosa Kittsteiner, Andrea Acevedo y el abogado (i) Rodrigo Asenjo– redujo de 20 a 5 UTM la multa aplicada y mantuvo la sentencia en la parte que ordenó al municipio capacitar a sus funcionarios para atender apropiadamente a extranjeros que no hablan español.

«Teniendo en consideración que los guardias de seguridad de la Municipalidad demandada, detentan la calidad de subcontratados y no son funcionarios de dicho organismo, se confirma la sentencia apelada de dos de enero del año en curso, dictada por el 5° Juzgado civil de Santiago, en causa C-34592-2017, con declaración que se rebaja el monto a pagar por la Ilustre Municipalidad de Lo Prado por concepto de multa, al equivalente a 5 Unidades Tributarias Mensuales», consigna el fallo.