El Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago acogió acción reivindicatoria y ordenó la demolición de muro medianero mal erigido en deslinde de propiedades ubicadas en el sector Camino Piedra Roja de la comuna de Las Condes.
En el fallo, la magistrada Rocío Pérez Gamboa acogió la acción presentada por la congregación religiosa Legionarios de Cristo y ordenó al propietario de un inmueble colindante emplazar adecuadamente el muro medianero en discordia.
«Que es dable consignar que esta juez ha ponderado lo debatido teniendo en particular consideración que el conflicto entre las partes se mantiene en el tiempo, pese a haber intentado ante otro juzgado una acción especial de modificación de servidumbre de medianería, debiendo primar -más allá de los aspectos formales que pudieran motivar a reenviarlos a la figura de la demarcación- el imperativo constitucional de resolver la contienda que se somete a consideración de esta judicatura», sostiene el fallo.
La resolución agrega: «Que, en mérito de lo razonado en los motivos precedentes, se deberá acoger la demanda interpuesta, en el sentido de que el demandado deberá restituir al actor la porción de terreno correspondiente a su deslinde poniente, para lo cual se deberá emplazar adecuadamente el muro medianero existente entre ambas propiedades, de conformidad a lo establecido en el plano de subdivisión N° S-4354, archivado al final del registro de propiedad bajo el N° 26.400 con fecha 28 de diciembre de 1982 en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y a lo que las mismas inscripciones de dominio reconocen como deslinde común, debiendo iniciarse las obras de demolición del actual muro medianero en el plazo de 30 días contados desde que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, a su costa».