Hace años existía inquietud entre los supremos por revisar el sistema de elección de postulantes a cargos de magistrados y funcionarios judiciales, como los notarios. Los cambios comenzaron hace cuatro años, cuando el Pleno del máximo tribunal acordó en las Jornadas de Reflexión de Chillán, en 2014, realizar exámenes y entrevistas para los postulantes a cargos de jueces, notarios y conservadores.
La propuesta, por ese entonces, no encontró consenso, sobre todo, para el cargo de ministro de Corte de Apelaciones, a diferencia de lo que ocurrió el viernes pasado. Parte de las aprensiones de los supremos para introducir estos cambios estaba en que podrían ser inconstitucionales o requerirse ley.
Muchas cosas ocurrieron después. Los hechos de corrupción de los ministros en Rancagua, pero también la polémica por el lobby en la elección de postulantes, cambió la opinión de varios magistrados.

Persisten algunas diferencias internas
Pero todavía persisten diferencias sobre el tema, como quedó consignado en el auto acordado del Pleno de la Corte Suprema, donde quedaron enumeradas las modificaciones al sistema de nombramiento de jueces y también la prevención de un grupo de ministros respecto de la decisión de instaurar concursos ‘ciegos’. Esto implica que cada candidato tenga un número y que quienes resuelven no tengan acceso a la lista de postulantes hasta verlos en una audiencia pública.
Los supremos Hugo Dolmestch, Guillermo Silva, Juan Eduardo Fuentes, Arturo Prado y Mauricio Silva C. sostienen en una prevención que no comparten ‘el impedimento para conocer la identidad de los participantes en el concurso se mantiene vigente. Ello es absolutamente incongruente con la realidad y una exageración de la limitación que se pretende a la discrecionalidad en el sistema’.
En esa última etapa, que corresponde a la formación de la terna o la propuesta, a la que no llegarían más de 15 candidatos, con un mínimo de nueve, es —en su opinión— ‘imposible que quienes deban elegir no conozcan el nombre de los seleccionados y deban votar a ciegas. Lo anterior conduciría a que deba votarse por las primeras mayorías, impidiendo la necesaria libertad de quien decide y su irreemplazable aporte con el conocimiento directo y personal de los postulantes, a lo que ciertamente no podemos renunciar’.
Tampoco expresó este grupo —según registra el acta del Pleno— que está de acuerdo con que ‘los resultados de la terna se comuniquen al ente resolutor de forma anónima’, porque aquello ‘no le permite obtener una convicción cierta, dentro del ámbito de sus atribuciones, sobre las condiciones personales del candidato a elegir, limitando su decisión a la obligación de preferir, de la manera que viene propuesta, al candidato que ostenta un mayor puntaje en el concurso, lo que hace infructuoso incluir tres candidatos para la elección’.
Los concursos ‘ciegos’, o el calificar sin que se conozca el nombre del postulante, no se aplicarán a los ministros que están concursando a la Corte Suprema, porque este sistema lo regula la Constitución, lo que requiere una reforma.
La única modificación que se realizó fue que los participantes internos del Poder Judicial expongan en audiencias públicas, como se hace en el Senado. Esto solo se realiza en la actualidad para las vacantes de externos del Poder Judicial.

Partidarios de postergar cambios
El presidente Haroldo Brito y los ministros Carlos Künsemüller, Guillermo Silva y Arturo Prado eran partidarios de diferir o postergar la adopción del acuerdo, ‘en atención a la existencia de nuevos antecedentes que así lo aconsejan’.
Mientras que las ministras Gloria Ana Chevesich y Andrea Muñoz S. advierten en el acta que ‘es fundamental para la adecuada implementación del sistema que en esta acta se aprueba, la necesidad de mejorar el régimen de calificaciones actualmente vigente, de manera que permita evaluar el desempeño de quienes postulan. Mientras ello no ocurra, entienden que la aplicación de este factor resulta irrelevante a los efectos de aportar antecedentes para decidir’.
Y Brito, Künsemüller, Chevesich y Muñoz S., y Manuel Antonio Valderrama, estaban por determinar la obligatoriedad de la audiencia pública para todos los escalafones y la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Además, Lamberto Cisternas, Muñoz S., Prado, Ángela Vivanco y Silva C. fueron del parecer de asignar un 15% a la entrevista y no un 10%.

Fuente: El Mercurio