La jueza presidenta del Juzgado de Garantía de Arica, Paulina Zúñiga Lira, dictó un taller sobre prevención e información sobre el acoso sexual en el Poder Judicial, al que asistieron representantes de todos los escalafones de la jurisdicción.

La actividad fue encabezada por el presidente de la Corte de Apelaciones, Pablo Zavala Fernández, además de jueces, administradores, jefes de unidad y funcionarios de diversos tribunales, quienes escucharon a la magistrada explicar los alcances de la campaña de prevención e información sobre acoso sexual que, según dijo, busca informar, visibilizar y sensibilizar a la jurisdicción para que todos los estamentos entiendan qué prácticas son consideradas acoso sexual, haciendo un llamado a no permitir la existencia de esta forma de violencia de género en el Poder Judicial.
«El acoso sexual contra la mujer es una forma de violentar derechos humanos y su dignidad. Por eso la Corte Suprema tomó la decisión de reconocer esta situación y de implementar fórmulas para corregir. Lo que buscamos es erradicar los ‘micromachismos’ y socializar esta política, que sea comprendida por todos los estamentos del Poder Judicial y que sea aplicada en lo sucesivo», sostuvo la magistrada.
El protocolo, que entra en vigencia el 1 de julio de 2018, tiene como finalidad regular la investigación de hechos que pudieran constituir acoso sexual -respetando las garantías de las personas involucradas- la imposición de sanciones a las personas responsables, la adopción de medidas eficientes de resguardo a la víctima y las necesarias para evitar la repetición de la conducta reprochada.
Se refiere específicamente al acoso sexual (lo define y menciona conductas a modo ejemplar) y a las acciones de hostigamiento laboral que deriven de aquel, precisando que pueden denunciar  no solo los integrantes del Poder Judicial, sino que usuarios y usuarias y personas que prestan servicios a la institución, cuando consideren que esta conducta ha sido cometida por alguno de sus integrantes.
La magistrada explicó que, entre las normas especiales para la investigación, están las de asegurar la participación de la persona denunciante durante todo el proceso a fin que pueda ejercer sus derechos; así como la de excluir prueba basada en conceptos estereotipados sobre género y prohibir la referida a la vida sexual o afectiva de la persona denunciante, ajena a los hechos investigados.