En la Corte de Apelaciones de San Miguel se desarrolló un conversatorio sobre «el uso de cuaderno de buenas prácticas para incorporar perspectiva de género en las sentencias», documento elaborado por la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corte Suprema.
El encuentro fue organizado por las ministras María Carolina Catepillán y Sylvia Pizarro, de la Comisión de Género e Igualdad del tribunal de alzada Sanmiguelino y ministras coordinadoras de la política de género del Poder Judicial designadas por la Corte Suprema.
En la actividad participó la ministra del máximo tribunal, Andrea Muñoz, ministros de la Corte de San Miguel, jueces, secretarios y relatores de la jurisdicción.
Las exposiciones estuvieron a cargo de las ministras Pizarro y Catepillán junto a la magistrada del 9° Juzgado Civil de Santiago, Lidia Poza, directora de la asociación de magistradas chilenas (Machi) y de Lidia Casas, académica de la Universidad Diego Portales y directora del centro de derechos humanos de dicha casa de estudios.
Las juristas abordaron la temática del encuentro desde la experiencia jurídica con casos de discriminación, análisis de fallos y recomendaciones respecto al uso del cuaderno de buenas prácticas para incorporar la perspectiva de género en las sentencias.
La magistrada Poza señaló que «se hace tan necesario incorporar la perspectiva de género en la jurisprudencia, es decir en las sentencias, en nuestros fallos. Esta conversación tuvo que ver con cómo incorporáramos una herramienta tal vez desconocida pero muy útil en el abordaje de cada caso, a la subsunción en la norma y en definitiva a realizar una mejor justicia».
En tanto la ministra Andrea Muñoz destacó la actividad y manifestó que «fue muy interesante porque es un primer acercamiento al cuaderno de buenas prácticas que pretende ser una herramienta de apoyo para los jueces, de manera que cuando se vean enfrentados a los casos puedan advertir con más facilidad cuando hay una discriminación, con que herramientas cuentan para darle verdadero sentido a las normas que permitan superar esas discriminación y no perpetuar la desigualdad».
«Este instrumento no es vinculante, no es obligatorio pero si se inscribe dentro de lo que pretende ser la política de igualdad de género y no discriminación que aprobó la Corte Suprema en febrero del 2018, con el objeto de lograr el acceso a la justicia de todas las personas», puntualizó.