En el marco de los Coloquios sobre ejercicio de la jurisdicción en la Antártica, elprofesor Luis Valentín Ferrada y la abogada Carolina Flores analizaron qué postura debería adoptar el Estado de Chile ante la comisión de delitos en el Territorio Chileno Antártico.

En este sentido, la actividad analizó en particular el caso de un homicidio frustrado en que se vieron envueltos dos ciudadanos rusos, ocurrido hace algunos meses en la base Bellingshausen, en la isla Rey Jorge. Tras ser evacuada en un avión de la Fuerza Aérea Chilena, la víctima estuvo hospitalizada por varias semanas en Punta Arenas, mientras que el victimario también viajó a Rusia desde Chile.

Frente al caso, Carolina Flores, investigadora en temas antárticos y ayudante del Departamento de Derecho Internacional, efectuó una introducción general tanto a la historia del régimen jurídico antártico como a los hechos de caso.

Posteriormente, el profesor Ferrada, del Departamento de Derecho Internacional, analizó las características, limitaciones y posibilidades de un eventual ejercicio de la jurisdicción estatal bajo las reglas del Sistema del Tratado Antártico, reflexionando sobre cómo ello se aplicaría en este caso en particular.

Así, sus principales conclusiones fueron que «dadas las complejidades políticas y jurídicas del Régimen Antártico, no siempre que un Estado pueda ejercer jurisdicción debe necesariamente hacerlo, ya que hay una multiplicidad de elementos a considerar más allá de lo puramente normativo. En estas materias, siempre debe hacerse una evaluación desde la perspectiva de la conveniencia diplomática y política, determinar caso a acaso cómo se protegen de mejor manera los intereses antárticos de Chile”.

Por otra parte, Ferrada resaltó que «hay casos fáciles, medianos y difíciles. Un homicidio frustrado ocurrido en el Territorio Chilenos Antártico en que participan dos ciudadanos rusos es de los casos complejos de resolver». Finalizó su exposición remarcando que «Chile actuó con prudencia y, en general, adecuadamente, pero jamás debe olvidarse que, desde una visión centrada en la conservación de los derechos de nuestro país en la Antártica, este tipo de eventos deben siempre emplearse para sentar precedentes, que el día de mañana puedan tener un valor jurídico en la defensa de los intereses nacionales».