La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha aclarado este martes que no pretendía cuestionar la imparcialidad de los jueces que ejercen en Cataluña en la vista en la que se ha opuesto a que el juicio por rebelión contra la cúpula de los Mossos d’Esquadra por su papel en el proceso independentista catalán se traslade a Cataluña, como plantean las defensas. El ministerio público ha defendido la competencia de la Audiencia Nacional para enjuiciar a los jefes políticos del cuerpo, César Puig y Pere Soler, al mayor Josep Lluís Trapero y a la intendente Teresa Laplana. El fiscal Pedro Rubira, entre otros argumentos a favor de mantener la causa en los juzgados centrales con sede en Madrid, ha planteado que el ambiente de tensión independentista en Cataluña puede afectar a la causa: “¿Puede haber imparcialidad y serenidad, si se manda la [causa por] rebelión y sedición a Cataluña? ¿Ustedes piensan que puede haber esta serenidad? ¿Que puede haber esa imparcialidad?”.

El fiscal Rubira ha inspirado sus expresiones en la querella que interpuso el fallecido fiscal general del Estado José Manuel Maza, el 30 de octubre de 2017, por el caso del procés ante la Audiencia Nacional. En aquella querella, Maza, apoyándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo en asuntos de terrorismo, defendía la competencia de los juzgados centrales en «la necesidad de asegurar un clima de serenidad en el enjuiciamiento, como presupuesto de imparcialidad».

En un comunicado remitido a primera hora de la tarde, la Fiscalía de la Audiencia Nacional, ha aclarado las palabras del fiscal Rubira. «En ningún caso se duda de la profesionalidad de los magistrados que ejercen sus funciones en Cataluña, y en el resto del territorio nacional, quienes con su desempeño diario garantizan el ejercicio de los derechos de los ciudadanos y la aplicación de las normas de nuestro ordenamiento jurídico», señala la nota. «La Fiscalía reitera su confianza en la independencia de jueces y tribunales en Cataluña, así como la imparcialidad de cada juez en cada caso que se somete a su jurisdicción», añade el texto.

La acusación pública explica que Rubira se ha referido a la querella inicial de Maza sobre el procés, donde se expresaba «la conveniencia de preservar la necesaria serenidad en el enjuiciamiento de unas conductas que están generando un sentimiento de fractura social que no se puede desconocer”. Esta mención se refería, afirma la fiscalía, «al ambiente de crispación que existía en la sociedad catalana generado en torno a la celebración del llamado referéndum del 1-O.

Las afirmaciones del fiscal han causado un «profundo malestar» en la judicatura catalana, según fuentes próximas a la presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que critican también el «tibio» comunicado posterior de rectificación. El discurso ha caído como un jarro de agua fría y ha sido recibido «con mucha tristeza» por la sala de Gobierno del tribunal, que se ha reunido este martes. La fiscal general del Estado, María José Segarra, y el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, han telefoneado al presidente del TSJC, Jesús Barrientos, para expresarle todo «el apoyo y la confianza» en los jueces catalanes, según las mismas fuentes.

«Ha sido una intervención desafortunada, errónea y grave», afirma Montserrat Comas, portavoz de Jueces por la Democracia en Cataluña. Comas lamenta que, por primera vez, un fiscal «ponga en cuestión la profesionalidad en general de los jueces catalanes», lo que añade «un problema más» en un momento en el que «algunos sectores intentan deslegitimar la profesión». La portavoz recuerda que los jueces catalanes han investigado y enjuiciado causas relacionadas con el procés, como la de la consulta del 9-N o la investigación sobre los preparativos del referéndum de independencia del 1 de octubre, que recayó en el titular del juzgado de instrucción número 13 de Barcelona.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia ha celebrado este martes la vista sobre la llamada “declinatoria de jurisdicción”, por la que la defensa de Puig y Soler han solicitado que la causa por la actuación de los Mossos en las fechas clave del procés se envíe a los juzgados catalanes, al considerar que los delitos de rebelión y sedición no entran en las competencias tasadas que la Ley Orgánica del Poder Judicial reserva para la Audiencia Nacional. Jaume Alonso-Cuevillas, abogado de César Puig, ha manifestado que si el juicio se mantiene en Madrid “se produciría un overruling, un cambio de las reglas de la propia Audiencia Nacional” que haría, afirma, que en Europa fuera “interpretado como un tribunal de excepción para un caso concreto”.

Pau Ferrer, letrado de Pere Soler, ha incidido en la misma idea de que tanto la ley como la propia jurisprudencia de la Audiencia Nacional hacen que este tribunal no sea competente “ni para la instrucción ni para el enjuiciamiento” del papel de los Mossos durante el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y en los sucesos del 20 de septiembre anterior ante la Consejería de Economía de la Generalitat en Barcelona.

La abogada del mayor Trapero y de la intendente Laplana, Olga Tubau, no ha intervenido en la sesión. Ambos policías dan por buena así la posibilidad de que la Audiencia Nacional tenga la competencia para juzgar los hechos, y se conforman con lo que decida la Sección Primera sobre la declinatoria de jurisdicción en una próxima resolución.

Tras las defensas, ha llegado el turno del fiscal Rubira. Este ha rechazado que la Audiencia Nacional haya cambiado su jurisprudencia para asumir los delitos de rebelión y sedición en el procés. “La Audiencia Nacional por supuesto que no es competente para todos los delitos de sedición, pero sí en los casos que afectan al Gobierno de la nación. ¿Cómo no va a afectar una república independiente a través de un referéndum inconstitucional, cómo no va a ser competente la Audiencia Nacional?, ha preguntado retóricamente.

Rubira ha rechazado el argumento de las defensas de que mantener la causa en la Audiencia Nacional iría contra el principio constitucional del juez natural predeterminado por la ley. “No se afecta al principio constitucional porque no ha habido arbitrariedad en la asunción de la competencia”, ha afirmado. Para el fiscal, lo esencial en el principio del juez predeterminado por la ley es que se trate de “un tribunal de jueces imparciales”. Y a renglón seguido ha añadido: “¿Puede haber imparcialidad y serenidad, si se manda la [causa por] rebelión y sedición a Cataluña? ¿Ustedes piensan que puede haber esta serenidad? ¿Que puede haber esa imparcialidad?”.